PLAN REGULADOR RIO CLARO

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Plan regulador

        La Ilustre Municipalidad de Río Claro invita a toda la comunidad habitante de la ciudad a participar de un taller comunitario para conocer y opinar sobre las propuestas del nuevo Plan Regulador Comunal.

 Este Plan Regulador Comunal ayudará a ordenar la manera futura en que se podrá construir y usar los terrenos dentro del área urbana de la comuna, a partir de normas. Es decir, condiciones que definirán la altura máxima de las edificaciones, los tamaños mínimos de subdivisión de terrenos, las actividades que se permitirá y prohibirá desarrollar en cada zona o barrio, así como del establecimiento de una estructura de conectividad a través del ensanche de calles y la apertura de nuevas vías.

La propuesta preliminar de normas y condiciones serán presentadas y analizadas  con la comunidad en dos talleres, a realizarse:

¿Qué es el ANTEPROYECTO de un Plan Regulador Comunal?

 

Contexto y conceptos:

El anteproyecto se desarrolla a partir de los acuerdos tomados en la tramitación de la Imagen Objetivo y la alternativa seleccionada, junto con el avance de la evaluación ambiental estratégica.

Esto implica que, dentro de los límites urbanos definidos en la Imagen Objetivo, en el

anteproyecto se precisa lo siguiente, de acuerdo con los criterios definidos en la Ordenanza

 

General de Urbanismo y Construcciones:

– La red vial del área urbana de la comuna compuesta por calles colectoras, de servicio,

locales y pasajes con sus respectivos anchos (nuevos trazados y asimilación de las vías

existentes). Se consideran las vías expresas y troncales definidas en el estudio de la

planificación intercomunal del PRI Talca.

– Terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches.

– Zonas o inmuebles de conservación histórica, Zonas Típicas y Monumentos Nacionales,

con sus respectivas reglas urbanísticas especiales.

– Exigencias de plantaciones y obras de ornato en las áreas afectas a declaración de

utilidad pública.

– Zonificación en que se dividirá la comuna, en base a algunas de las siguientes normas

urbanísticas (en negrita las más relevantes):

  • usos de suelo,
  • sistemas de agrupamiento de las edificaciones,
  • coeficientes de constructibilidad,
  • coeficientes de ocupación de suelo o de los pisos superiores,
  • alturas máximas de edificación,
  • adosamientos,
  • distanciamientos mínimos a los medianeros,
  • antejardines,
  • ochavos y rasantes;
  • superficie de subdivisión predial mínima;
  • densidades máximas,
  • exigencias de estacionamiento según destino de las edificaciones;
  • áreas de riesgo o de protección.

En el proceso de participación ciudadana se realizan los talleres para trabajar las propuestas preliminares de las definiciones antes expuestas.

Se organizan instancias para conocer opiniones y comentarios respecto de las propuestas de desarrollo urbano, en los siguientes niveles:

– Ciudadano: quienes habitan y/o trabajan en el territorio

– Técnico municipal: a quienes les corresponde organizar las demandas, postular iniciativas

para inversiones, fiscalizar el cumplimiento normativo

– Político comunal: a quienes les cabe la facultad de aprobar este plan regulador y

administrar el territorio en este contexto

– Del Consejo de sustentabilidad: órganos de administración del Estado o servicios públicos

con presencia en la Comuna, a quienes les corresponde conocer el desarrollo de la

Evaluación ambiental Estratégica del estudio y ​​su aplicación al anteproyecto.

 

 

 

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